Boletín de Cambio Climático N° 15 - 2015

Editorial Los miembros de la Conferencia sobre Cambio Climático se reunieron en Bonn entre el 19 y 23 de octubre, para discutir el texto del acuerdo que tendrá que aprobarse en París. Este acuerdo tendrá como objetivo definir el camino para reducir drásticamente las emisiones de gases de efecto invernadero y evitar un aumento de más de 1,5 °C de temperatura. La Secretaria Ejecutiva de la CMNUCC, Christiana Figueres, señaló que el borrador incluye opciones que reflejan las preocupaciones de todos los países, y que es equilibrado y completo. Sin embargo, el proceso político que tenga lugar hasta la Cumbre de París será fundamental para el éxito de la reunión, donde las negociaciones climáticas tendrán que elevar el compromiso de reducción de emisiones y enfocarse principalmente en pérdidas y daños, adaptación, mitigación y financiamiento. Este último será uno de los temas claves, ya que los países firmantes deben ponerse de acuerdo sobre un fondo anual de 100.000 millones de dólares, a implementarse desde 2020 (momento en que entrará en vigor el acuerdo de París) para ayudar a los países más vulnerables a luchar y a adaptarse al cambio climático. En este contexto internacional hemos querido detenernos un momento a analizar cuál es el rol que está cumpliendo el juez, a nivel doméstico, en el fomento de la política y regulación más acabada en la materia. El rol del juez en materia de desarrollo de política y regulación climática a nivel doméstico 1 DESAFÍOS JURÍDICOS ENMIRAS A LA COP 21, PARÍS 2015 Boletín Nº 15: Octubre 2015 Este boletín cuenta con el apoyo del Prosperity Fund de la Embajada Británica en Chile como parte del proyecto “Propuesta de marco legal e institucional para abordar el cam- bio climático en Chile”del Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia (CR)2 y Adapt-Chile. En el reciente fallo histórico del Tribunal de distrito de La Haya del 24 de junio 2015 2 , el juez impone al Estado de los Países Bajos adoptar medidas de mitigación de gases de efecto invernade- ro que permitan alcanzar una meta de reducción de 25% al año 2020, en comparación con el nivel de 1990. A juicio del juez, la sentencia no viola el principio de la separación de los poderes 3 . De esta manera, se plantea la cuestión del rol del juez en materia de desarrollo de la política y de la regulación climática a nivel doméstico, a través (1) de la experiencia norteamericana y (2) del caso pakistaní. 1.La experiencia norteamericana De la jurisprudencia norteamericana, relativamente más densa que en otros países, se destaca (1.1) el rol motor de algunos jue- ces en materia de desarrollo de la política y de la regulación cli- mática, (1.2) frente a la prudencia de otros. 1.1 El “rol promotor” de algunos jueces En países como Estados Unidos, procede la teoría del preceden- te vinculante, lo que permite al juez no ser solo “la boca de la ley”, reproduciendo un esquema de razonamiento silogístico, sino que le da un espacio para crear el derecho a través de la jurisprudencia. Por lo tanto, se puede esperar que la función ju- dicial juegue un rol particularmente estimulante en materia de desarrollo de políticas públicas y de reglamentación climática. A este efecto, el rol del juez como promotor de la regulación y las políticas de cambio climático puede ilustrar a través del cer- tiorari 4 acogido por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso del 2 de abril 2007, Massasuchetts et al. vs. Environmental Protection Agency al. (EPA) et al. 5 . Cabe precisar que, debido a la teoría del precedente vinculante, la Corte Suprema de los Estados Unidos acepta discrecional- mente el certiorari cuando en un tema de importancia federal, quiere reafirmar su posición o al contrario, cambiarla. Según la sentencia de la Corte Suprema, EPA tiene la autoridad para re- gular los gases de efecto invernadero (GEI) y tiene el deber de considerar si los GEI “causan o contribuyen a la polución del aire que podría razonablemente ser anticipado como un peligro para la salud pública o el bienestar” 6 .

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