Boletín de Jurisprudencia Ambiental N° 11 - 2015

1 BOLETÍN CDA n º 11,diciembre 2015 PRESENTACIÓN El Centro de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile presenta esta nueva iniciativa que hemos denominado “Boletín CDA”. El objetivo de esta publicación es contribuir a la divulgación de la reciente jurisprudencia judicial y administrativa y también de la normativa de carácter ambiental. Esta iniciativa es el resultado de las reuniones de análisis de jurisprudencia y regulación que mensualmente realiza el CDA con sus ayudantes y que, como cauce natural, ha desembocado en la elaboración de este resumen jurisprudencial y normativo. Este boletín, por lo tanto, es un reflejo del trabajo que realizan los ayudantes del CDA bajo la dirección y supervisión de la profesora Ximena Insunza C. y la participación de todos los miembros del CDA. Sergio Montenegro Director CDA I. 1.- Jurisprudencia destacada Corte Suprema Infórmese en www.derecho.uchile.cl › CORTE SUPREMA, ROL 25.720-2014, 10/12/2015, Fisco de Chile c/ Sociedad Civil San Juan de Krondstand y otros. Temas de Interés: Casación en el fondo, daño ambiental, reparación del medio ambiente, loteo, urbanización en terreno no apto. Sumario: La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia de segunda instancia de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió el recurso de apelación deducido por el Fisco. Este último interpuso una demanda por daño ambiental en contra de un sinnúmero de personas que lotearon de forma irregular una serie de parcelas en la comuna de Lo Barnechea. En primera instancia se acoge la demanda pero se niegan las medidas de reparación que signifiquen demolición de las obras, lo que es revertido en segunda instancia, ordenando demoler las viviendas por sobre la cota de los 1.000 metros sobre el nivel del mar y sus construcciones aledañas. Ello ya que acuerdo a la normativa territorial y ambiental de las zonas precordilleranas de la Región Metropolitana, localizadas por sobre la cota 1000 msnm, éstas han sido excluidas del desarrollo urbano. La Corte Suprema confirma el daño producido por dichas obras a los componentes suelo, fauna, flora, aguas subterráneas, biodiversidad y valor paisajístico del área intervenida y ratifica las medidas establecidas por el tribunal de segunda instancia consistentes en condenar solidariamente a los demandados a cerrar y eliminar los caminos construidos en el sector y demoler las viviendas existentes sobre la cota 1000 metros sobre el nivel del mar en la Parcela El Cerro, bajo el apercibimiento contenido en el artículo 1553 del Código Civil.

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